Argumento
La película tiene como tema central
el padecimiento de cáncer de la sangre (leucemia) de una menor de 15 años,
Kate, quien desde muy pequeña, aproximadamente a los 2 años fue diagnosticada
con dicha enfermedad. Ante los hechos, el médico a cargo del tratamiento
sugirió a los padres la “fabricación” en laboratorio de otra hija totalmente
compatible con Kate y que sirviera para donarle todo aquello que le permitiera
seguir con vida. Tal y como se sugirió los padres de Kate, fabricaron en
laboratorio tras un proceso de selección de genes, a la pequeña Ana, quien
efectivamente resultó ser totalmente compatible con su hermana en cuanto a la
donación de órganos se refiere. Desde el momento de su nacimiento hasta la edad
de 11 años, Ana se sometió a incontables intervenciones en aras de mantener a
su hermana con vida, a pesar de que ninguna de ellas lograba que Kate recupere
la salud, al contrario sólo se deterioraba cada vez más y se alargaba
tristemente una vida que ya estaba destinada a llegar a su fin en un periodo
muy breve.
El momento central de la historia
se da cuando Ana, se muestra decidida a no permitir ninguna otra intervención
en su cuerpo que genere un debilitamiento en su calidad de vida. Para esto
acude a un abogado famoso en la ciudad e inician un proceso de emancipación
médica que imposibilite a la madre de ambas menores, Sara, el continuar con la
absoluta disposición del cuerpo de Ana para proteger a la hermana. Esta
chocante acción de Ana, genera que cada uno de los miembros de la familia
empiece a cuestionarse; por un lado cuánto les ha afectado no sólo la
enfermedad de Kate sino el hecho de que los actos de los padres y de los hijos
se dirijan solamente a intentar que la niña enferma se mantenga con vida sin
tener en cuenta las necesidades y reales intereses de los otros. Kate alza la
voz y hace notar por ella misma que todas las acciones destinadas a mantenerla
con vida resultaban inútiles que sólo estaban logrando una depresión constante
no sólo en ella sino en cada uno de los miembros de la familia, que vivir no es
simplemente sobrevivir y que por tanto estaba preparada para morir como ya
estaba destinado.
Crítica
Considero que esta película
resulta muy enriquecedora no sólo en la vida personal de aquellos que hayan
tenido oportunidad de verla, sino que además permite que nos planteemos muchas
interrogantes jurídicas que hoy por hoy se debaten arduamente en los distintos
ordenamientos jurídicos del mundo.
Por un lado está el tema de la
cosificación de la persona humana. Las legislaciones, los grandes luchadores
por la igualdad olvidan en muchas ocasiones que la persona humana desde el
momento de la concepción, es decir de la unión del óvulo y del espermatozoide
constituye un sujeto de derechos y no objeto para el derecho. La persona humana
es valiosa y digna de ser respetada, amparada y protegida desde el primer
momento en que nace, en que se genera la vida; su valor no depende de cuánto
pueda servir para los fines que otros hayan planteado para ella. De tal modo
que resulta muy cuestionable y altamente anti ético que el médico a cargo del
tratamiento de la menor haya sugerido la “fabricación” de una menor con el fin
de salvar a otro ser humano, desde ese momento se le quitó su valor en sí misma
y arbitrariamente se dispuso el fin para su vida, servir para otro. Otro
importante aspecto está en que para el nacimiento de la menor se utilizó la
técnica de reproducción humana asistida de fecundación in vitro, y no es que se
trate de una simple fecundación en laboratorio para darle la posibilidad a una
pareja estéril de ser padre; sino que se utilizó la tecnología para
exclusivamente “crear” una persona humana a la medida, exactamente con las
características esperadas. Se aplicaron inmoralmente las técnicas, incluso no
se ha tenido en cuenta que muy probablemente varios embriones fueron congelados
y posteriormente desechados, jugando a ser dioses, limitando a quien no tiene
que ser limitado.
En segundo lugar está el tema de
la emancipación médica, entendido este como el derecho de la menor a que su
madre, quien ejerce la patria potestad, no pueda disponer de su cuerpo a su
sola discreción. El ejercicio de la patria potestad no es sinónimo de propiedad,
lo que se busca es la protección al menor bajo la conciencia de que este en los
primeros años de vida no puede valerse por sí mismo, y que además posee
inmadurez física y psicologíca para realizar decisiones acertadas que a la
larga podrían influir en el desarrollo de su vida como persona humana. Sin
embargo, lo que sucede en la película materia de comentario, es que Sara,
considera que Anna es un objeto suyo del que puede disponer en el momento que
se necesite sin considerar la vida, integridad, salud mental y física de la
pequeña hija. Es acertado el inicio del proceso y el resultado favorable de
este, pues una vez más se verifica claramente la cosificación de la persona
humana.
En tercer lugar aparece la idea
de la existencia o no de un “derecho a morir”. ¿Acaso cada uno de nosotros como
dueño de nuestro cuerpo, de nuestra vida podemos decidir deliberadamente cuándo
ponerle fin? Más aún si es que padecemos alguna enfermedad física o psicológica
que nos genere sufrimiento, ¿Por qué no podríamos pedir la aplicación de la
eutanasia? Y es aquí donde encaja perfectamente la afirmación que la vida
humana tiene valor en sí misma al margen de cuán útil puede resultar esta, su
valoración no puede ser material. Los médicos y la tecnología al servicio del
hombre y no el hombre al servicio de la tecnología deben agotar todos los
medios para salvar la vida, sin caer en el llamado ensañamiento terapéutico
también conocido como distanasia y que en mi opinión calza perfectamente en el
drama de la pequeña Kate. Entendemos a la distanasia como el encarnizamiento,
obstinación en el empleo de todos los medios posibles, sean proporcionados o
no, para prolongar artificialmente la vida y por tanto retrasar el advenimiento
de la muerte en pacientes en el estado final de la vida, a pesar de que no haya
esperanza alguna de curación. Los criterios a tomar en cuenta son:
·
Inutilidad o ineficacia de la terapia
·
Penosidad o gravosidad para el enfermo
·
Excepcionalidad de las intervenciones o medios
terapéuticos (medios desproporcionados)
Es importante tomar en cuenta un
pequeño texto extraído de la encíclica Evangelium Vitae: “Se da ciertamente la obligación moral de curarse y de hacerse curar,
pero tal obligación debe confrontarse con las situaciones concretas; es
necesario valorar si los medios terapéuticos a disposición son objetivamente
proporcionados a las prospectivas de mejora. La renuncia a medios
extraordinarios o desproporcionados no equivale al suicidio o a la eutanasia;
más bien expresa la aceptación de la condición humana ante la muerte”.
Siendo entonces claro, tras el
análisis realizado, que la menor producto de la obstinación (natural) de su
madre de mantenerla con vida, era producto de un tratamiento desproporcionado al
no tener posibilidad alguna de curación, todas las terapias aplicadas y
posibles de ser aplicadas en ella no tendría ningún resultado positivo sólo el
alargamiento innecesario de la vida.
Una excelente película.
Abog. Yoseline Muñoz Góngora
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