Imaginemos
que tenemos una visión empresarial, un pequeño capital y decidimos abrir un
restaurante, la buena sazón nos ayuda y empezamos a buscar un sitio
estratégico, hacemos un pequeño estudio de mercado y ubicamos el lugar
perfecto, frente a donde entregan licencias de conducir de la región, un lugar
céntrico, estratégicamente ubicado y con un aproximado de 300 comensales
confiables y seguros.
El
restaurante es un éxito, la capacidad está topada y tu idea está dando muy
buenos resultados, pero notas un detalle, los comensales siempre vienen en
carro y no tienen donde dejar sus vehículos, estacionarlos en la frentera de tu
mesón está ocasionando un problema para la tranquilidad de la urbanización
donde está ubicado tu local, entonces ves una oportunidad, el lote que está
junto a tu local está a la venta, es preciso para armar un estacionamiento,
entonces recurres al banco, te haces un préstamo fortísimo y financias un espacio para la comodidad de
tus clientes, sin embargo para recuperar la inversión vas a tener que cobrar
una pequeña suma por concepto de parqueo y con ese dinero tú pagarás
mensualmente el crédito en el banco.
Todo
marcha bien pero resulta que los trabajadores donde entregan las licencias y
los vecinos de la urbanización se reúnen y llegan a un acuerdo, como son
comensales asiduos a tu negocio y ocupas un lugar en la urbanización no te
pagarían ningún concepto por parqueo y todos podrían estacionar sus vehículos a
cualquier hora del día, con la condición de palabra que siempre consumirían en
tu local, obviamente la idea resulta fatal para ti, la acatas y obviamente tu inversión
no va a dar resultado.
Algo
así sucede con El Proyecto de Ley 1612/2016-CR, presentado por el grupo
parlamentario Fuerza Popular a iniciativa del congresista Carlos Alberto
Domínguez Herrera, por el que propone modificar el artículo 3 de la Ley 29461, Ley
que regula el servicio de estacionamiento vehicular.
Actualmente
en nuestro ordenamiento legislativo existe una norma que regula el Parqueo de
vehículos, la Ley 29461 diferencia dos tipos de servicios de Parqueo, el
primero es aquel cuya actividad principal es esa, la de brindar un servicio de
estacionamiento de vehículos, y la segunda es aquella por la cual se brinda un
servicio complementario de parking, cuya actividad principal es otra totalmente
diferente a la de brindar un espacio para que los vehículos se estacionen.
Tal
como está planteada actualmente la ley se sobreentiende que ambos servicios son
onerosos, para los más optimistas, el primero debería ser oneroso y el segundo
debería ser gratuito, porque ya le estoy comprando al que está poniendo la
cochera; sin embargo, todas son meras interpretaciones y no existe una postura
firme al respecto. Hasta que llegó el proyecto de ley 1612/2016 la que apunta
su artillería a los centros comerciales.
El
Proyecto de ley citado indica que aquellos centros comerciales que brinden su
servicio complementario de estacionamiento no deberán cobrar ni un sol, las
tres primeras horas, si el cliente acredita un consumo mínimo, que será fijado
por el centro comercial, y que los primeros 45 minutos serán totalmente gratuitos
así no se realice un consumo en el referido Mall.
Este
proyecto de ley que se ve como una solución populista debe ser analizado a
mayor profundidad ya que la demagogia de este apartado puede traer
consecuencias severas para los mismos consumidores que se sienten liberados del
yugo del costo del parqueo en los centros comerciales.
Tal
como lo planteamos en el ejemplo inicial, al igual que el pequeño dueño del restaurant que tuvo
que recurrir a un crédito financiero para mejorar su servicio, así también los
centros comerciales realizan una enorme inversión para poder ofrecer mayores
estacionamientos para sus clientes y que estos cumplan con el mejor confort
posible para que las personas que visiten el centro comercial queden
satisfechos, además con el dinero que obtengan por la recaudación pagarían la
inversión extra que les costó adecuar estos espacios.
Si
analizamos bien el ejemplo, resulta descabellado que un grupo de personas se reúnan
y decidan cómo un negocio debe de manejarse y que le digan a uno qué servicio
debe de ser oneroso y qué servicio debe de ser gratuito, sin embargo la idea
resulta más agradable cuando se habla de grandes centros comerciales y lo
abusivos que son al fijar sus precios y que conste que actualmente hay muchos
restaurantes que hacen eso, cobrar una pequeña suma por parqueo siempre y
cuando consuman en su local, ante lo cual nadie dice nada.
En
realidad, es la misma figura, la diferencia es que el tamaño de la inversión,
es decir, los dueños de los centros comerciales invierten de igual forma que
los pequeños empresarios, solo varia la suma de la inversión, pero el objeto es
el mismo el cual es recuperar lo invertido y asegurar una ganancia, entonces la
pregunta que surge es ¿por qué para el chico no y para el grande si? Entonces se
devela una respuesta tan inmediata como si nos preguntaran el nombre de
nuestros padres: “Es que las grandes empresas son abusivas con sus clientes” y
es que ante esa crueldad el único salvador que debe existir no es el estado si
no el propio usuario, ya que existe algo que llama libre competencia, es decir,
el proyecto de ley analizado se sustenta en un gran pilar que es subrayado y
puesto en cursiva: “En un solo lugar se
encuentran los bienes y servicios que satisfaga la población” y esta afirmación
es tan falsa como las promesas de un candidato político.
Actualmente
las ciudades no concentran en un solo lugar todo lo que necesitamos, si no
están dispersas, no solo en los Centros Comerciales si no en las diversas
formas de agrupación empresarial, por tanto, el usuario es libre de elegir, aun
así en las ciudad más metropolitanas en donde existen mas de 3 centros comerciales
y supermercados, los mercadillos, las galerías o ferias siguen subsistiendo,
entonces a esa figura en la que consumidor puede discernir y puede elegir que
le conviene se llama libre competencia, libre mercado.
El
consumidor puede escoger no ir a un lugar porque ya sabe que en ese sitio no
hay seguridad, entonces el empresario invertirá en seguridad y mejorara su
servicio, el consumidor elige no ir a un lugar porque cobran parqueo, y en el
otro no cobran nada, por tanto, el empresario buscara la forma de atraer las
clientes, eso se va a ir regulando naturalmente por la oferta y la demanda, el
mercado solo se ajustara, pero lo que se quiere hacer es imponer una medida
para que todos la acaten.
Ahora
vamos a un analizar con un poco más de profundidad el efecto o la consecuencia
posible de la aprobación de este proyecto de ley, sin ser adivinos o consultar
a una bola de cristal o lanzar la coca, el resultado es más que previsible, es
que los centros comerciales se verán privados de recuperar su inversión, por
tanto, como es lógico, buscaran la forma de hacerlo, así que la solución más
rápida y efectiva será subir los alquileres a los arrendatarios de los espacios
del centro comercial, culpando a un grupo de individuos sentados en un escaño
por esta decisión, es así como la cadena va a seguir y los arrendatarios tendrán
que subir los precios a los productos que venden, ni modo que los vayan a
asumir ellos solos, y por tanto el ciudadano de a pie, que festeja alegremente
que la justicia por fin se aplicó a los más necesitados, pagaran más caros los
productos que vayan a comprar a ese centro comercial.
Es
por este motivo que las normas en este sentido deben combatir el ejercicio
abusivo del derecho, mas no pretender regular algo que la propia oferta y
demanda está emparejando, nadie habló en este proyecto de las sumas que se
tienen que pagar por pérdida de boleto cuando los administradores de los
estacionamientos tienen un contra recibo, es decir pagar 40 soles por este
servicio ya es un poco exagerado, tampoco nadie habló de la responsabilidad que deberían tener los
centros comerciales cuando roban autopartes dentro del estacionamiento.
Regresando
al ejemplo inicial, la inversión de un empresario no debe ser catalogada por el
tamaño del dinero que invierte si no por el espíritu que impulsa ese actuar.Autor: Abogado Luis Albert Ardiles Zeballos
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